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Por
Rafael Beltramino
Una decisión difícil
- 28.08.2003
La decisión de rescindir unilateralmente un contrato laboral, cuando uno se encuentra en la parte empleadora es especialmente dura y difícil, sólo quienes alguna vez han tomado ese tipo de decisiones puede tener una dimensión exacta de lo que cuesta hacerlo, de las responsabilidades que desvelan a quien tiene que tomar la decisión y de la enorme inquietud de haber hecho o no lo correcto, luego de tomarla. Dichos problemas se multiplican cuando las circunstancias de cada caso (edad, calificación laboral del empleado, estado del mercado laboral) hacen más improbable y mas difícil su reinserción laboral.
Resulta casi obvio que, quienes se podrían reinsertar más rápidamente en el mercado del trabajo, rara vez son los primeros despedidos, porque justamente son quienes son mejor evaluados en su desempeño.
Los despedidos de Central, dicen que nadie les comunicó la razón, de su despido y que nadie habló con ellos. Si bien comprendemos que los directivos tienen bastante en que ocuparse en estos días, no debió tratarse así a ningún empleado.
Se debió por el contrario, explicarle a cada uno personal y detalladamente las razones por las cuales se tomaba la decisión. El Presidente sostuvo públicamente que las tareas de estos empleados iban a ser desempeñadas por miembros de la Comisión Directiva; eso habría que haberles transmitido a los afectados.
Estos dicen también que otros empleados ganan mucho más que ellos y no fueron afectados; de más está decir que no les compete a ellos evaluar quien es necesario y quien no, sino a los directivos.
Por supuesto, la nueva Comisión Directiva, tiene el derecho y el deber de tomar estas decisiones, pero creemos que deben ser tomadas más prolijamente.
De la misma manera, y dentro de las posibilidades del club, sus indemnizaciones legales correspondientes deben ser pagadas lo antes posible.
Por último, a los socios habría que explicarles concretamente los motivos de la medida, para evitar que se considere una mera “vendetta” política al estilo siciliano. Y decir por ejemplo, a tal persona se la despidió porque era innecesaria, a tal otra porque no la consideramos idónea para la tarea, y a una tercera, porque tenemos dudas acerca de su gestión anterior.
Si bien ninguna de estas causas ameritaría a un despido “con causa” en los términos legales de la ley de contrato de trabajo, son causas o fundamentos de la decisión, que creemos deben darse a conocer con más detalle a los socios.
Sería un comienzo transparente de la nueva gestión, como nos consta que sus integrantes desean.