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El reciente pase de Guillermo Burdisso al Club Atletico Boca Juniors ha dejado tela para cortar en diversas áreas; ya sea mediática, judicial e incluso pasional, en el sentido de la indignación que ha provocado en la parcialidad canalla la actitud adoptada por el ex jugador del club para con la institución que lo lanzó a la fama.
Dejando de lado este último aspecto, lo cierto es que para entender el caso Burdisso es necesario sumergirse en un complejo entramado de de convenios privados, cesiones de derechos económicos y expedientes civiles y penales entre otros.
Lo concreto es que la historia de Burdisso con Central nace en el momento en que el jugador queda libre del club El Porvenir el 28 de Julio de 2006, conforme la nota que se adjunta al presente informe y en virtud de la cual “se le otorga el PASE LIBRE para que en lo sucesivo pueda actuar en la Institución de su preferencia”.
Cuatro días más tarde, el 1º de Agosto de 2006, el jugador decide transferir la totalidad (100%) de los derechos económicos que le pertenecían al Sr. Guillermo De Andrea, conforme al Contrato de Cesión de Derechos que acompaña el presente y que se encuentra suscripto tanto por los mencionados, como por los padres del jugador.
El 21 de Agosto de 2006, el Club Atletico Rosario Central se hace los derechos federativos y económicos del jugador SIN CARGO Y EN FORMA DEFINITIVA, en base a dos convenios suscriptos por la comisión directiva que gobernaba el club por aquel entonces, y en virtud de ellos se obliga a abonar a dos agentes futbolísticos (el Sr. Guillermo De Andrea y el Sr. Hugo Castañeira) el 25% y el 20% respectivamente del monto total de una potencial transferencia del jugador a cualquier entidad, ya sea en el país o en el exterior.
Estos dos últimos convenios representan la matriz de los reclamos judiciales que no tardarían en llegar y que aún hoy son materia de discusión en los Tribunales Provinciales. En este sentido es necesario diferenciar entre los juicios que se tramitan en sede penal y en sede civil.
En sede penal, el ex presidente Pablo Scarabino inicia una causa contra Da Andrea por estafa al señalar que para la confección del contrato privado por el que supuestamente se le reconocia al Sr. G. De Andrea el 25% de una futura transferencia, se habría utilizado la técnica del escaneo de la firma del ex presidente y del entonces Secretario de la institución, Gonzalo Estevez. O en su defecto (aclara), se habrían utilizado papeles en blanco que fueron entregados por los dos ex dirigentes en la oficina de futbolistas de la AFA (necesarios para tramitar el cobro de los derechos de formación). En este último supuesto, la maniobra quedaría atrapada por el tipo penal del art. 173 del Código Penal.
Entre los papeles del club, se puede ver una nota simple de Estevez, sin fecha, en la que se niega la cesión del mentado 25% del pase al Sr. De Andrea. Como si este laberíntico compendio de datos no fuera suficiente, es necesario agregar que en fecha 2 de Julio de 2010, el club es intimado mediante carta documento por la cual se notifica la cesión de los derechos correspondientes al Sr. Casteñeira (20% del pase, de acuerdo al convenio del 21 de Agosto de 2006) a favor de un particular de apellido Staculi. Este último no volvió a reclamar por ese 20 por ciento. Vale aclarar, habría sido buscado por Interpol en el país vecino del Paraguay para que aclare cuentas en nuestra justicia por alguna otra acción que el club no conoce.
Con relación a esta causa radicada en sede penal, conviene destacar que el Club Atletico Rosario Central, a través de su comisión directiva actual, se ha constituído como querallante con “el objeto de colaborar e instar la investigación de la presunta comisión de un delito que pudiere afectar al club”, conforme puede leerse en el escrito presentado por ante el Juzgado de Instrucción Nº 10.
En sede civil, la cuestión es tanto o más compleja aún. El 23 de Junio de 2010, el Sr. De Andrea inicia una demanda contra el Club Atletico Rosario Central solicitando una medida cautelar (embargo) sobre los fondos que el club pudiera percibir de la transferencia de Burdisso, limitando su pretensión a un 25% del monto total, aportando como prueba principal el convenio suscripto el 1º de Agosto del año 2006.
En un primer momento, la presentación se hizo con relación al préstamo que el club formalizara con la Roma de Italia y cuyo monto seria de 500 mil euros, conforme la información que se desprende del expediente mencionado y de acuerdo al material probatorio aportado por los letrados del actor.
Al tiempo de partir a Italia, el jugador ya formaba de la escudería de Fernando Hidalgo, el cual a mediados del 2011 adquiere el 50% de la ficha del jugador, quien termina recalando en Arsenal de Sarandí. El resto es historia conocida: Burdisso tiene un nivel destacado, sale campeón y se cotiza como uno de los mejores defensores del mercado interno. En el último receso invernal, Boca se interesa en el jugador y adquiere el 50% de la ficha comprando un 25% al Sr. Fernando Hidalgo y un 25% al Club Atlético Rosario Central.
La cifra que el club de la ribera pago por el jugador no se conoce con exactitud, aunque se estima que el pase total del jugador superaría los cuatro millones de dólares, en virtud lo cual por el 25% del pase, Central debería percibir más de un millón de dólares. Decimos debería puesto que, en virtud de la demanda que tramita en sede civil, de ingresar ese pago el mismo podría ser objeto automático de embargo. Asimismo, las versiones que circulan en torno a ello darían cuenta de la inflexibilidad del Juzgado que entiende en esta causa para permitir una potencial sustitución de embargo al respecto.
¿Continuará?
ACLARACIÓNES:
-No publicamos antes esta información simplemente porque no la teníamos.
-Central puede levantar el embargo del dinero de Burdisso si abona 1 millón de pesos a De Andrea. No quiere pagarlo porque aseguran los dirigentes pasados que no le pertenece e intentarán "trasladar" el embargo para liberar ese 1 millon 100 mil dólares.
-Hoy Burdisso es 50% de Boca, 25% de Hidalgo y 25% de Central, siempre y cuando no perdamos el juicio contra De Andrea y nos quedaríamos sin nada.
-Si Staculi reclama su 20 % (hasta ahora no lo hizo y no sabemos de su paradero), y lo gana, y De Andrea gana el juicio contra CARC, Central no solo se quedaría sin nada de Burdisso sino que debería el 20 por ciento sobre el precio del jugador en 2006. Una locura más de nuestros viejos dirigentes.
Informe elaborado por:
Dr. Dante Lazarobaster
Socio
Hojas de expedientes:
El Porvenir

Contrato de cesión entre Burdisso y Da Andrea:

Burdisso firma con Rosario Central a cambio del 25 % para Da Andrea...

...y del 20 % para Castañeira.

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Matias Romero
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Fernando Panero
17/09/2012 21:52:33